martes, 8 de octubre de 2024

rectificación: Aldo Marcelo luna


 

I.- Téngase en presente lo peticionado en pieza digital E07000020331748 25/09/2024 12:43:12 - Resolución - Despacho (https://mv.mpba.gov.ar/web/IndiceDigitalTexto/E07000020331748); sin embargo se hace saber que la sede de esta Unidad Funcional de Instrucción y Juicio no se encuentra dentro del edificio de tribunales tal como plantea el denunciante sin posibilidad de cruzarse con los aquí denunciados. Por lo tanto :
II.- Cítese a Luna  Aldo Marcelo a fin de recibirle declaración testimonial, designándose a tal fin la audiencia del próximo 05 de noviembre a las 09:00 Horas . en la sede de esta unidad funcional de instrucción y juicio sito en Larroque 2300 4 piso edificio ministerio publico
A tal fin líbrese citación.

 

DENUNCIA MALTRATO / HOSTIGAMIENTO / DISCRIMINACIÓN SR. AGENTE FISCAL DE LA UFI 8 DE LOMAS DE ZAMORA

DENUNCIA MALTRATO / HOSTIGAMIENTO / DISCRIMINACIÓN   

SR. AGENTE FISCAL DE LA  

UFI 8 DE LOMAS DE ZAMORA  

S_____/__________D   

Aldo Marcelo Luna, DNI XXXXXXX con domicilio en la calle  XXXXXXXXXXXXX, email lunaaldomarcelo@yahoo.com.ar, aldo.luna@pjba.gov.ar con número de teléfono 1XXXXXXXXXXX 8 ,  en IPP -07-00-031022-24/00, con intervención de la UFI nro. 8  y el Juzgado de Garantías nro. 8 departamental. por derecho propio me presento y digo: 

Que vengo a solicitar al Sr. Agente Fiscal de la unidad de investigación numero 8 departamental, que se me otorgue el derecho como víctima de las violencias laborales cometidas por el titular del Juzgado de Garantías nro. 3 y su secretaria Romina Luongo, asimismo solicito que la ampliación de la denuncia sea vía WhatsApp a la medida que sea posible, actualmente me encuentro con licencia y un tratamiento psiquiátrico. Que siendo ocho de octubre del año 2024, se me otorgue el derecho de ampliar la denuncia de hacerlo en vía virtual y NO CONDENARME a la revicitimización en la causa de marra en donde dos funcionarios públicos de cargo relevante como quien firma los despachos simples y/o proveídos de la IPP en cuestión.

Hace un tiempo, sufrí abuso y maltrato por parte de miembros del poder judicial, una experiencia que ha marcado mi vida profundamente. Enfrentar una situación así, donde los abusadores son personas que deberían proteger la justicia, me dejó con un gran temor y desconfianza hacia el sistema. Cuando decidí denunciar, lo hice con la esperanza de obtener justicia, pero también con miedo a revivir ese trauma en cada paso del proceso.

 

Hoy, me encuentro en la necesidad de rectificar la denuncia, pero el simple hecho de pensar en volver al tribunal me genera una ansiedad paralizante. Tengo temor de cruzarme con los denunciados, de que su presencia o sus miradas vuelvan a hacerme sentir vulnerable e indefensa, como cuando sufrí el abuso. Mis psicólogos y psiquiatras, quienes han seguido de cerca mi situación, han respaldado mi solicitud de evitar cualquier confrontación directa con los acusados, ya que podría tener un impacto devastador en mi salud mental.

 

La Dirección General de Salud de La Plata también ha apoyado mi pedido, argumentando que mi bienestar emocional debe ser una prioridad en este proceso. Por eso, solicité que la rectificación de mi denuncia se haga de manera virtual, una opción que me permitiría seguir adelante con la búsqueda de justicia sin exponerme a nuevos episodios de angustia.

 

El agente fiscal, en su rol, tiene la responsabilidad no solo de garantizar que se haga justicia, sino de protegerme de cualquier forma de revictimización. Esto significa no obligarme a revivir el trauma al enfrentar a mis abusadores o a pasar por interrogatorios innecesarios. La ley argentina, en especial la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, es clara al respecto: debe protegerse a la víctima en todo momento. Esta ley establece que los derechos de las mujeres que denuncian violencia deben ser respetados y que se debe evitar la revictimización en todo el proceso, mas allá el quien suscribe, me identifico como un hombre pero no cis. 

 

Además, el Código Procesal Penal Argentino contempla la posibilidad de utilizar medios tecnológicos, como la videoconferencia, para que las víctimas puedan participar en el proceso sin necesidad de estar físicamente presentes en la sala. Esto es crucial en casos como el mío, donde el temor a cruzarme con los denunciados es real y justificado.

 

Argentina también es firmante de tratados internacionales, como la Convención de Belém do Pará, que exigen que los Estados adopten todas las medidas necesarias para proteger a las víctimas de violencia, incluida la violencia ejercida desde el mismo poder judicial.

 

Por todo esto, espero que el sistema judicial, y en particular el agente fiscal encargado de mi caso, considere mi situación y respalde mi solicitud de hacer la rectificación de la denuncia de manera virtual. Mi salud mental debe ser protegida, y las herramientas están disponibles para que pueda seguir adelante sin tener que enfrentar una situación que podría ser re-traumatizante. Mi bienestar, amparado por la ley y por el apoyo profesional que me respalda, debe ser prioritario en este proceso.

                                                                Saludos Atentamente. 

                                                                Será Justicia.  

 

 

 Fdo. Dr. Aldo Marcelo Luna