viernes, 30 de noviembre de 2012

Acceso al Derecho a la libertad de expresión

La libertad es de carácter público, ya que en ella se ve la libertad de expresión en protección a la soberanía popular, me alejo del antiguo debate en el cual el Estado era el enemigo natural de la libertad tratando silenciar al individuo y era al Estado al que había que poner límites, otorgando este derecho al ámbito privado, tanto particular como empresarial, esa teoría se aleja de la realidad, ya que hoy en día es el Estado que no solamente se debe limitar a no realizar una censura previa(como se creía que era su única función frente al derecho de la libertad de expresión) , sino que también debe garantizar constituir fuentes de libertad de expresión, permitiendo el acceso a ella, permitir la pluralidad de voces, de no hacer de la información una mercancía y del informado un consumidor clientelista, erradicar los monopolios y permitir la diversidad de opiniones en igualdad de oportunidades. 



Me surgen dudas sobre que posición tomar sobre ésta frase del constitucionalista  Owen Fiss que yace de su libro " la ironía de la libertad de expresión" que en uno de sus parrafos nos menciona que:  "Puede que el Estado tenga incluso que silenciar voces de algunos para que se oigan las voces de las demás, a veces no hay mas remedio" 


Aunque me da a entender es que es necesario eliminar el monopolio del poder/saber,para llegar a cumplir una meta, en éste caso el acceso a la comunicación y a la información como derecho humano y no como capitalismo de información, el Estado se ve obligado de quitar licencias a los que tienen de exceso (pero sobreguardar las permitidas) para crear mas puestos de comunicación polifonicos y diversos,  pero no con la finalidad de crear un patrón único y de una ciencia construida de expresión y opinión , como el medio hegemonico nos quiere a dar a entender, sino permitir, como se viene haciendo ya tiempo atrás, que las voces históricamente silenciadas puedan empezar a manifestarse, como lo de los trabajadores, los movimientos de mujeres, de indígenas, minorías sexuales, raciales, étnicas, religiosas, etc. 



Por que  creo que es allí donde se realidad el derecho de comunicar, entendido como el derecho de existir en un mundo cada vez más interrelacionado por las comunicaciones. en el que la lucha por la visibilidad va de la mano de la lucha por la supervivencia.


miércoles, 14 de noviembre de 2012


DICTADURA

“Cristina usa el argumento de la democracia pero no pasa de ser una farsa. El Gobierno viola la libertad de expresión... Ni el gobierno de Perón ni la dictadura fueron tan lejos”, afirma en una entrevista a la revista Veja, de Brasil, Bartolomé Mitre, dueño del diario La Nación, quien respaldó a la dictadura militar. Esencialmente vivimos una dictadura de los votos –precisó–, que es la peor de todas.” “Argentina no es más un país culto”, afirmó. “En nuestro país –aseguró– hay una elite que piensa de una manera y una clase baja que no se informa, no escucha y sigue a la presidente. Cuanto menos cultura, más votos consigue Cristina.”


Repudio enérgicamente lo dicho por el propietario del diario La Nación, cómplice de las peores atrocidades que se han cometido en nuestro suelo  durante la última dictadura militar del 76, quienes han aumentado sus riquezas y patrimonios en costas de la sangre de miles de compañeros, torturados, desaparecidos y asesinados por las balas y maniobras de los genocidas militares y cómplices civiles. 

Su comentario rebalsa de vericuetos  y falacias en exhortar que el gobierno constitucional , elegido por el voto popular de Cristina Fernandez de Kirchner se vive momentos de censura y restrincción a la libertad de expresión, cuando la primera mandataria ha mandando durante su primer gobierno una ley de despenalizacion de las calumnias e injurias, posibilitando y facilitando a los medios masivos de comunicación difamar y agraviar a la investidura presidencial sin pudor alguno, tales como títlulos sobre su "enfermedad bipolar": " fotos en gesto sexuales" y mentiras conocidas  como "que se puede comer con $6 al día". 

Es de una capitio diminuto  creer (en este caso manifestar ) que los procesos de "supuesta censura" son peores que la época de Perón o durante la Junta Militar y su proceso de reorganización nacional, cuando éste último periodo se ha encargado de censurar, cerrar y callar a voces opositoras y disidentes de estos genocidas, condenandolos al exilio, a la desaparición y en lo peor de los casos de tirarlo sobre un avión somnoliento cuesta abajo el Río de La Plata. 

Es de una lamentable estigmatización su opinión sobre el voto directo  y a la dirigente al mando, subestima a las clases populares, con un comentario de cobardía en no tolerar el terreno y la crebilidad que gobiernos anteriores genuflexos le habrían blindado y actualmente están perdiendo , hoy el pueblo ha despertado, y ya no se quiere acostumbrar a los gobiernos manejados por las corporaciones sino por aquel que fue elegido por el sufragio universal y que se tomen las decisiones en donde tiene que ser, en sus respectivas divisiones, en la Casa Rosada, en el Congreso de la Nación, y en los Tribunales. 






martes, 13 de noviembre de 2012



Me congratula ver por la TV Pública una miniserie con contenido igualitario y de inclusión, y en especial en el tema de cuestión de género de lxs personas trans, que al principio del año pueden adecuar su inclinación y vivencia personal de género interna en los documentos de la vida social por gratitud de la "ley de género" 

"La viuda de Rafael" es un paso a gigante e importante de empezar a publicitar estas conquistas y extensiones de derecho como lo fue la ley de matrimonio y la ley de género, por que no debemos quedarnos sólo con la normativo sino que hay que visualizarlo día a día por los diversos medios posibles para morigerar las discriminaciones que sufren este colectivo.

“La viuda de Rafael: la lucha por la igualdad” y que cuenta la historia de una transexual que, tras la muerte su pareja deberá luchar por sus derechos contra una serie obstáculos.

El ciclo está protagonizado por Rita Cortese, Fabián Gianola, Luis Machín, Lucas Crespi, Alejo García Pintos, Camila Sosa Villada, Gustavo Moro, Maiamar Abrodos, Jorgelina Vera, Gimena Riestra, Guadalupe Docampo, Ernesto Claudio, Héctor Díaz, Salo Pasik, Joaquín Berthold, Natacha Córdoba, Tamara Garzón y cuenta con la participación especial de Héctor Calori, Roxana Randón, Gipsy Bonafina y Pedro Segni.

Escrita por Tony Lestingi y Marcelo Nacci en base a la novela homónima del puertorriqueño Luis Daniel Estrada Santiago, “La viuda de Rafael” es una historia de amor que atraviesa la muerte para afianzarse a la vida.

La pasión de Nina por Rafael muestra que el amor entre dos personas no depende de su identidad sexual. En tanto que la lucha contra los prejuicios sociales que ella deberá librar para ser reconocida en todos los aspectos como lo que es, la viuda de Rafael, muestra la importancia de leyes como la de matrimonio igualitario.

lunes, 12 de noviembre de 2012

Imagenes del 8D de la furia



























La fragata libertad

El canciller Héctor Timerman dio el día 12 de noviembre de 2012, una conferencia de prensa para advertir que el día 13 de noviembre vence el plazo para que Ghana levante el embargo” de la Fragata Libertad. 

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner se había referido al mismo tema en un discurso pronunciado el viernes 9 de noviembre . En esa oportunidad declaró que “a la Fragata Libertad la vamos a recuperar, porque [la detención] fue hecha con clara violación a toda la normativa del derecho internacional”. Efectivamente,el embargo de la Fragata viola el artículo 32 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, que fue ratificada por ambos países, donde se establece que “ninguna disposición de esta Convención (…) afectará a las inmunidades de los buques de guerra y otros buques de Estados destinados a fines no comerciales”, y el artículo 18 de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Inmunidad Jurisdiccional de los Estados y Sus Propiedades, firmada en 2004. Respecto de la medida cautelar solicitada por el fondo NML Capital Limited, Edgar Gigena, presidente de la Comisión de Derecho Marítimo de la Asociación de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, explicó que “al ser un buque de guerra, la fragata es un medio bélico legal reconocido por la comunidad internacional y destinado a sostener la soberanía del país. Por lo tanto, tiene inmunidad al igual que la inmunidad territorial del Estado. Por ello son inembargables, salvo la renuncia expresa -no tácita- de ese derecho, algo que no ha ocurrido”


CONVENCIÓN SOBRE EL DERECHO DE MAR INTERNACIONAL: 


DOCUMENTOS INTERNACIONALES CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LAS INMUNIDADES JURISDICCIONALES DE LOS ESTADOS Y DE SUS BIENES



domingo, 11 de noviembre de 2012

Miles de personas participaron de la Marcha del Orgullo Gay en Buenos Aires




Miles de personas participaron hoy de una nueva y multitudinaria Marcha del Orgullo Gay para festejar los 20 años de la primera manifestación celebrada en Buenos Aires.








Esta vez, el lema fue por una "Educación en la diversidad para crecer en igualdad" y se relacionó con el reclamo para que se cumpla con la ley de educación sexual integral.




La manifestación tuvo el colorido y el desparpajo acostumbrado y tras una concentración en Plaza de Mayo, los participantes, encabezados por los dirigentes Alex Freire y José María del Bello, se dirigieron a la zona de Congreso, para el habitual festival de música que cierra el evento, con el show de Lía Crucet, Leo García, Kumbia Queers y Celeste Carballo.


César Cigliutti, titular de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), hizo hincapié en el reclamo "por los derechos que le faltan" a su comunidad, que tuvo en los varios logros, entre ellos, el del matrimonio igualitario.




Cigliutti dijo que desde la comunidad se le agradece tanto al Gobierno Nacional como al resto de la clase política "la ley de Identidad de Género y la de Matrimonio Igualitario", mientras que rescató la característica "revolucionaria" de la manifestación.


El dirigente, durante un discurso que pronunció en Plaza de Mayo, destacó el papel de la presidenta Cristina Kirchner en la aprobación de distintas legislaciones "marcando un hito en su compromiso por los Derechos Humanos y el respeto a la diversidad".



En la marcha pudo verse a distintos dirigentes político, como la gobernadora de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos, y la dirigente del MST-Proyecto Sur Vilma Ripoll, además de militantes de distintas agrupaciones políticas, entre ellas "La Cámpora" y la Juventud Radical.


FUENTE:

http://www.diariodemocracia.com/notas/2012/11/10/miles-personas-participaron-marcha-orgullo-buenos-aires-46639.asp

miércoles, 31 de octubre de 2012

HABEMUS VOTO JOVEN


 

Después de una deliberada discusión y debate en ambas Cámaras del Congreso de la Nación, los legisladores  dieron  luz verde a  la nueva normativa conocida como “El voto joven” la posibilidad de poder sufragar a coetáneos  entre 16 y 18 años para elecciones a nivel nacional, tanto legislativas como presidenciales.  La ley que nace de la pluma de los legisladores del FPV, los senadores Elena Corregido y Aníbal Fernández que modifica 30 artículos del Código Nacional Electoral, dos del Registro Nacional de las Personas y uno de la Ley de Ciudadanía y Naturalización.

   Levanto mi pulgar arriba sobre  esta iniciativa, ya que no dudo de que la única forma de profundizar la democracia sea con más participación ciudadana. He leído comentarios pueriles  de los cuales se destilan una de idea CAPTACIÓN  y MANEJO de votos a las prontas elecciones legislativas del 2013,  por parte del gobierno de turno para hacer frente al presunto triunfo que se puede llegar a tener gracias a la colaboración del voto de los jóvenes, que hoy, en su mayoría, son más los que se interesan en la política y ser partícipe de ella. Tildan de oportunismo directo y de que no es necesidad de urgencia debatir esta extensión de derechos, pero cabe preguntarse sí también fue oportunismo  y que no fue menester incluir el voto universal, obligatorio y secreto con la reforma de la ley Saenz Peña, que desde el dictado de nuestra Carta Magna en 1853 y hasta 1912 en Argentina votaban unos pocos, los privilegiados, los afincados , donde el voto era cantado y se llevaba a cabo por sistema fraudulentos, la ley Saenz Peña (triunfo del gobierno radical) pone freno a estas anomalías y amplía  el ejercicio del derecho al voto a los ciudadanos hombres sin distención de clases, siendo este paso un punto de partida para las futuras reformas y cambios que se presentaron.  Y qué decir del triunfo de las mujeres con la ley 13.010 del sufragio femenino de 1947, luego de una ardua lucha de agrupaciones feminista lograron obtener intervención  y participación en el campo cívico político al elegir sus representantes, otorgándole un derecho inalienable al colectivo femenino.  ¿Alguien me puede decir quién es capaz de declarar de NECESIDAD o URGENCIA un derecho? No obstantes los discursos en contra de otorgar ius  suffragium no han sido tan laborosos, me atrevo a decir que fueron vergonzosos, han pecado desde la ignorancia en parafrasear comentarios de los cuales nacen desde el espíritu del prejuicio que del crítico.  En la porfía sobre la entrega de  derechos políticos a las clases no pudientes, los conservadores exhortaban la inconstitucional de la normativa y denostaban que “los hombres de las clases más humildes no estaban capacitadas para ejercer el voto por falta de escolaridad, educación cívica y por poder corromper al actual orden institucional”  y sí este comentario no fuera más que absurdo, en el debate del sufragio femenino, opositores a esta plexo legal, los congresista nos ofrecían andamientos baladís como el siguiente fundándose en el biologismo “Esta científicamente comprobado que el hombre y la mujer son diferentes, la biología nos denotó que el cerebro del hombre es más grande que el de la mujer, y la capacidad de ésta son diferentes a los de los hombres, poniendo, no sólo en riesgo el núcleo de la familia, sino también de las instituciones de la República”  siguiendo la postura del rol tradicionalista y natural de la mujer como “simple ama de casa”, otro ilustración sobre una posición en contra nos brinda el senador ultra conservador Francisco Uriburu  señalando que “Lanzar a la mujer a la vida política es fomentar la disolución de la familia con gérmenes de anarquía. Es disminuir el poder marital. Es propender a la disolución de los matrimonios, porque ya no seducirá al hombre constituir un hogar cuya dirección no le pertenece”   En línea frente la ideología de la domesticidad tradicional se fundamenta en la preocupación de la jerarquía dentro del seno de la familia y el miedo de la revelación de la mujer contra el hombre. Siendo los argumentos solamente cortapisas y excusas que nacieron por el desprecio a las clases populares y el machismo de la época, los comentarios quedaron como adorno en el recinto del Congreso, y no pudieron contra la sinergia del pueblo en reclamar su debido derecho a voto.

  En tono a los derechos electorales y de igualdad de género, también se puede incluir la ley de cupos femeninos de 1991, que garantiza que los escaños del Congreso haya un 30% de congresistas mujeres y la reforma a la ley de partidos políticos y electorales del 2009 por la ley 25.671 que por primera vez los ciudadanos podrán elegir en las internas de cada partido (estén o no afiliado a un partido) a los candidatos que participarán  en las elecciones generales, bautizado con el término “P.A.S.O” ( Primarias Abiertas Simultaneas y Obligatorias) dando claridad a las elecciones internas, para evitar la elección del candidato a dedo. La misma normativa otorga derechos de publicidad a los partidos minoritarios a través de fondos que otorga la Tesorería de la Nación, pudiendo de tal forma estar en pie de igualdad con los otros colores partidarios, que ya sea por tener un patrimonio o poder adquisitivo elevado, puede financiar los costos propios del proselitismo frente aquel que no los tenga.

  En el paralelismo de comparar una extensión con una represión, estamos en frente de aquellos que quieren negar el derecho político a los jóvenes por considerar que sí lo mismo no son IMPUTABLES frente la justicia penal, tampoco se encontrarían CAPACITADOS  para votar, es decir, en buen romance, que si van presos, que voten, en caso contrario (en que al delinquir no lo encarcelen) se le niegue poder ejercer este derecho. En las reformas que hubo en cuanto a los delitos cometidos por menores de 18 a 16 años, mucho hoy se encuentran desinformados, de que los menores de esa franja de edad, tienen un proceso de judicialización especial cuando comenten conductas tipificadas. No obstante comparar un derecho político y la aplicación de una pena, hay un abismo inmenso de diferencia, a saber: A) El derecho elegir, es inocuo, no produce daños a terceros, se elige por pasión, convicción, ideas y certeza, en cambio realizar una acción antijurídica produce un menoscabo a terceros o al orden público. B) el derecho a elegir, ha sido, como lo he redactado, un derecho de pocos, nace desde el derecho romano, por el cual sólo unos pares podrían elegir, y sin ir tan lejos, nuestro país tomó la misma impronta, y ha tenido que enfrentarse contra una realidad de que el derecho de elección de manera sectorial, no sólo no era democrático, sino que se alejaba de toda concepción de una consolidara comunidad equitativa, curiosamente, en épocas atrás (y no tan alejado de la realidad) el Estado punitivo, persiguió y sigue persiguiendo a un patrón autónomo de personas que basándose en teorías de segregación y hasta darwinianas, en carácter de tal son discriminadas, y sin embargo cuando las clases populares y las mujeres no podrían votar, fueron ( y siguen) atacadas, arguyendo ominosos comentarios, que como lo mencioné nace del prejuicio  y no del carácter crítico. C) La capacidad o incapacidad, que se señala de los nuevos electores que se incluyen, es un comentario, no sólo insostenible, es meramente elitista, por que el votar no implica una capacidad “especial” o una calidad de excelsa ciudadanía, se requiere conocimientos mínimos sobre los candidatos que se van a elegir, la juventud de ahora es distinta de años atrás, siento que están preparada, investida e instruida, se observa eso en la militancia férrea de una juventud que toma las banderas y los apotegmas de la política en general como bastión de cambio, transformación y progreso, y no ya como insulto y una mala palabra, la realidad es otra, la participación es masiva y notoria, venga del partido y agrupación que fuese, la política y la juventud vienen de la mano y llegó para quedarse.

  Se ha rotulado también a esta medida de inconstitucional por dos ítems, para empezar, transcribo lo que nos reza nuestra Carta Madre en el artículo 37:
.- Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.
La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral.


     En el primer párrafo artículo, el apartado nos menciona que los derechos políticos son arreglados por la leyes que dicten en consecuencia es decir (vale aclarar que es mi interpretación), que una ley en fin regulará el  ejercicio efectivo de los derechos políticos, pero no hace hincapié alguno de la edad a  partir de que se puede votar, ya que una de las razones de que se le daba el pulgar abajo a esta iniciativa fue de que la Constitución Nacional hacía mención de que la edad para el sufragio era a los dieciochos y no a los dieciséis, error, sólo la ley del electorado nacional y ciudadanía hace ese aclaración, pero estas normativas se pueden modificar, y en este caso que es la edad, el Congreso de la Nación puede hacer una reforma en la ley, y no sería de todos modos inconstitucional.  El otro punto en discusión fue el tema de la obligatoriedad, en la insipiencia de cuando se puso en debate, los intelectuales de la norma, dijeron hacer del voto de modo optativo, a prima facie, podríamos decir que estamos en frente de una inconstitucionalidad que el voto de los adolescente de 16 y 17 años, pero el Código Electoral, excluye de la obligación a votar a los de 70 años y que lo mismo pueden ejercer el voto de manera optativa, por lo cual, estaríamos en frente de otro punto en las normas electorales que van en contra del la Constitución. En el debate del Senado, el voto joven fue aprobado por 52 votos por la afirmativa ( donde el oficialismo tuvo apoyo de partidos opositores entre ellos la UCR y de los bloques aliados) , 3 por la negativa, y 2 abstenciones por los progresista de Morandini y Luis Juez (ambos del Frente Amplio Progresista de Binner) y se cedió al dictamen de minoría donde el voto joven pasa de ser optativo a obligatorio, dando permiso a otra modificación a las normativas nombradas apites en el cual se excluye a los incluidos votantes de multas y recargo si no ejercen el voto, argumento que tiene lógica, ya que estamos hablando de un derecho nuevo y progresivo, alejándose de tildar de ir en contra de la Constitución a la norma.

  La Cámara baja convirtió en ley (el miércoles 31 de octubre de 2012), por 131 votos a favor, 2 en contra y una abstención, el proyecto que habilita el voto para los jóvenes de entre 16 y 18 años, que ya tenía media sanción del Senado. La diputada oficialista Diana Conti aseguró que la iniciativa "no es ni oportunista ni demagógica" y subrayó que su propósito es "ampliar la base electoral de nuestra democracia"

   Con esta nacida ley, no cabe dura que la ampliación de derechos  ahonda a aún más a la democracia, y el acceso al campus político a los jóvenes fortaleza a la participación ciudadana.



FUENTES:
http://www.ncn.com.ar/notas/15509-el-senado-aproba-voto-a-los-16-y-lo-gira-diputados.html
http://www.ncn.com.ar/notas/15576-voto-joven-emotivo-discurso-de-rivas.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-206240-2012-10-24.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-206196-2012-10-23.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-206210-2012-10-23.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-205862-2012-10-18.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-205865-2012-10-18.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-205782-2012-10-17.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-206799-2012-10-31.html
http://www.clarin.com/politica/oposicion-Diputados-hizo-voto-optativo_0_802120057.html
http://tiempo.infonews.com/2012/10/31/argentina-89635-dia-clave-en-el-congreso-por-el-voto-a-los-16-anos-presupuesto-y-per-saltum.php
http://www.codigopopular.com.ar/?p=1836
http://www.ravignanidigital.com.ar/_bol_ravig/n16_17/n1617a06.pdf
Constitución Comentada de Andrea M. Orihuela. Editorial Estudio. 2da edición año 2007.